Cuando el inquilino no paga


JuezUna de las cosas que más temor causa a los propietarios de viviendas en alquiler es que los inquilinos dejen de pagar. Existe además la sensación de que es muy difícil echar al inquilino del piso si no paga, y es posible que ello cause que gente que tiene pisos vacíos no los alquile.

Pero en el año 2000 se reformó la Ley de Enjuiciamiento Civil, que regula, entre otras cosas, los procesos judiciales por impago de alquileres. Si antes se tardaba de uno a dos años en lograr sacar al inquilino de la vivienda, actualmente deben pasar como máximo seis meses desde que el propietario pone la denuncia hasta que los oficiales del juzgado se personan en la vivienda para desalojarla.

El propietario puede poner la denuncia el día después del primer retraso, es decir, si el contrato estipula que el inquilino tiene la primera semana del mes para pagar la renta, el día 8 ya podría presentar la denuncia. Además, es conveniente hacerlo, ya que la primera vez que se deshaucia a una persona el proceso se para si antes del día del juicio el inquilino abona lo que debe. Pero si reincide una segunda vez, el juez acepta la denuncia y procede a ordenar desalojo.

Lo peor que puede pasar es que el inquilino se declare insolvente y el propietario no vea ningún dinero por los seis meses que se queda sin cobrar. Por ello el propietario puede solicitar un aval bancario al inquilino, por el cual el banco se haría responsable de los pagos si éste dejara de pagar. Aunque claro, por este aval el banco pide al inquilino que deposite seis meses del alquiler (que es lo máximo que cobraría el propietario, puesto que antes se produciría el desalojo judicial) más una comisión por la gestión. Otra opción es contratar un seguro de alquiler, que cuesta de 180 a 200 euros al año, y que aparte de pagar lo que debe el inquilino asume otros posibles gastos, como desperfectos, robos y gastos legales.

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